Manizales, miércoles 12 de enero del 2022. Los centros de conciliación en las universidades son espacios a los que las personas acuden para resolver sus conflictos de manera pacífica. La prestación del servicio está regulada por la norma de calidad NTC 5906 que busca garantizar un adecuado desarrollo de los mecanismos alternativos para la solución de problemas entre las partes involucradas.
Con el propósito de profundizar sobre este panorama, Luz Eliana Gallego Henao y Margarita María Gaviria Herrera, profesoras investigadoras de la UManizales, publicaron el libro “Normas de calidad para los centros de conciliación de los consultorios jurídicos”, editado por la misma universidad en el año 2020.
Conozca algunas de las características de la publicación que está disponible en la Biblioteca de la institución:
¿Cómo nació la idea de escribir este libro?
Luz Eliana Gallego Henao: por el deseo de materializar todo lo que vivimos a diario desde el Consultorio Jurídico y Centro de Conciliación Guillermo Buriticá Restrepo de la UManizales. La publicación analiza cómo se da la implementación obligatoria de la norma técnica de calidad NTC 5906 para prestar el servicio de conciliación y su eficacia, para la cual se toma como referente a la Universidad de Manizales y a otras seis instituciones del Eje Cafetero.
¿Por qué un ciudadano cualquiera debe conocer sobre este tema?
Es importante, ya que en ocasiones los centros de conciliación son apenas percibidos en las universidades dentro de una estructura académica, pero su función es tan potente que la comunidad recurre a ellos más que a cualquier otra instancia universitaria, es decir, son espacios a los que la gente asiste con la esperanza de que sus problemas y angustias tengan una salida y así encontrar de nuevo ese lugar de paz. De ahí, que sea tan importante conocer su funcionamiento, normatividad y beneficios.
¿Qué categorías desarrolla el libro?
Por un lado, la eficacia de la aplicación de la norma de calidad NTC 5906 para la prestación del servicio de conciliación y, por otra parte, la conciliación como mecanismo de acceso a la administración de justicia que no es menos importante que un proceso judicial.
En el libro, ¿cómo nos presentan el proceso de conciliación?
Margarita María Gaviria Herrera: como un mecanismo expedito y eficaz por medio del cual las partes involucradas en un conflicto llegan a una solución de sus controversias a través de un diálogo fluido con la intervención de un tercero neutral.
¿Cuál podría ser una conclusión del texto?
Una de las principales conclusiones es que la calidad en la conciliación no es igual a los acuerdos exitosos que surjan del proceso, es decir, si las partes involucradas no llegan a una solución del conflicto, pero se sienten satisfechas con el servicio y con los mecanismos de diálogo aplicados, ahí ya se puede hablar de un caso exitoso y se estaría dando cumplimiento a la norma de calidad mencionada.