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Análisis - Proceso penal histórico: decisión judicial y polarización política* - Juan David Jurado

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Soborno en actuación penal en concurso homogéneo y fraude procesal en concurso homogéneo, en calidad de determinador, es la calificación jurídica para la sanción penal que recibirá Álvaro Uribe Vélez, el primer expresidente colombiano condenado penalmente. Un acontecimiento histórico para la independencia del poder judicial.

Más allá de preferencias políticas, afinidades personales, compatibilidad ideológica y filiaciones a partidos políticos, el proceso penal contra el exmandatario y la decisión tomada por la juez, es una pizca de esperanza, un asomo de institucionalidad y un reconocimiento a la democracia.

En un país en el que abunda la desconfianza frente a los órganos del poder público como el legislativo, el ejecutivo y el judicial, se debe exaltar la valentía de la funcionaria pública encargada de dirimir el litigio. Una jueza que supo plantarse frente a la presión social, el asedio mediático y las dignidades económicas, políticas y sociales del procesado, que, en muchas ocasiones, y bajo otras circunstancias, puso a temblar a jueces y fiscales, que terminaron renunciando o haciendo maniobras evitativas para tomar decisiones judiciales firmes dentro del proceso.

Esta historia jurídica inició con una denuncia del ahora condenado contra el senador Iván Cepeda en el año 2012, por los delitos de calumnia agravada, abuso de la función pública y fraude procesal; y terminó volviéndose en contra del expresidente, cuando la Corte Suprema de Justicia en el año 2018 dentro de la investigación del proceso, encontró indicios en contra de Uribe Vélez respecto a la posible manipulación de testigos para inculpar a Cepeda.

Desde ese momento, inició el proceso penal como tal, cuando Uribe es llamado a indagatoria por la Sala de Instrucción de la Corte para entregar su versión en la investigación por presunta manipulación de testigos, lo que posteriormente desembocó en la emisión de una orden de detención del entonces senador.

Sabiendo lo que podría generarse judicialmente, Uribe Vélez renunció a su curul de senador en agosto de 2020, ocasionando así la pérdida de competencia de la Corte y trasladando toda la responsabilidad de persecución penal a la Fiscalía General de la Nación.

De allí en adelante, comenzó una historia repetitiva de dilación procesal por parte de la Fiscalía, que, en esos momentos, actuaba dentro del gobierno de corriente ideológica uribista en cabeza del expresidente Iván Duque. Ello permitió que, a diferencia de lo sucedido el pasado 28 de julio, no pudiera identificarse independencia de la rama judicial y ejecutiva, sino, todo lo contrario, una armonización en la intención de retrasar el proceso penal.

Por esta razón, en el año 2021, el primer fiscal del proceso, Gabriel Jaimes, solicitó su preclusión y cierre definitivo, argumentando que no existía acervo probatorio suficiente para investigar a Uribe, situación que se repitió en el año 2022, cuando el segundo fiscal del caso, Javier Cárdenas, intentó nuevamente cerrar la actuación penal argumentando igualmente la insuficiencia probatoria.

Los jueces que decidieron en su momento las solicitudes de preclusión hicieron un llamado de atención a la Fiscalía, considerando que sí existían méritos para presentar acusación contra el exmandatario.

En el año 2024, la fiscal Luz Adriana Camargo llamó a Uribe Vélez a juicio, celebrando la audiencia de formulación de acusación y la audiencia preparatoria. Finalmente, en febrero de 2025, después de iniciar la audiencia de juicio oral, comenzaron a realizarse las intervenciones de los testigos dentro de la actuación penal.  

El pasado 28 de julio llegó el día decisivo para el proceso penal, cuando la jueza expuso el sentido del fallo, el cual terminaría siendo condenatorio frente a los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, y absolutorio frente al punible de soborno simple.

Ahora el país afronta de nuevo una polarización fatal para el momento social, económico y político que estamos viviendo, y ad portas de elecciones parlamentarias y presidenciales, donde se utilizará como bandera política de un lado y del otro, la decisión judicial que condena al expresidente.

Mientras tanto, hay que tener claro que, más allá de la condena, hay algo que no se puede desconocer, y es que esta es una decisión en primera instancia, lo que quiere decir que al proceso todavía le falta la impugnación que presentará la defensa y el posible recurso extraordinario de casación. Todo ello deberá resolverse a más tardar a comienzos del mes de octubre, pues de no ser así, estaremos presenciando la prescripción de la acción penal y la libertad definitiva de Álvaro Uribe Vélez.  

 

*Las opiniones expresadas en este espacio no comprometen el pensamiento institucional. 

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