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“La IA no puede ser inventora, ni reemplaza al sujeto”: experto invitado a la UManizales advierte sobre los límites legales de la tecnología

Comité de Currículo febrero 2026

Manizales, viernes 20 de febrero de 2026. En el marco del Comité de Currículo convocado por la Vicerrectoría de la Universidad de Manizales, el abogado Camilo Andrés Suárez Botero orientó la conferencia “Inteligencia artificial en el entorno de la propiedad intelectual”, un espacio académico en el que analizó cómo asumir, regular y establecer límites frente al avance acelerado de la inteligencia artificial (IA). 

 

Yamilhet Andrade Arango, vicerrectora de la Universidad de Manizales, destacó el papel estratégico del Comité Central de Currículo en la creación de espacios que fomenten el diálogo institucional sobre tendencias educativas contemporáneas. Al respecto, señaló: “este comité debe actuar como garante de escenarios de reflexión donde se debatan temas críticos de la educación superior. Esto no solo brinda claridad a la comunidad universitaria, sino que permite proyectar estrategias sólidas para enfrentar los desafíos actuales”.

 

Entre tanto, el conferencista dejó clara su postura sobre el papel de la tecnología en la sociedad contemporánea: “El ser humano no puede estar subordinado a la inteligencia artificial. La IA está al servicio de la funcionalidad humana, el ejercicio intelectual debe seguir siendo del ser humano”, afirmó. 

 

Suárez Botero explicó que la inteligencia artificial puede entenderse como la capacidad de una máquina para desarrollar habilidades similares a las humanas, pero no para el razonamiento. Advirtió que no toda IA opera de la misma forma e identificó tres grandes categorías: la generativa, que produce textos, imágenes, música o videos a partir de instrucciones; la predictiva, que consideró la más útil y ética porque apoya la toma de decisiones sin reemplazar al usuario; y la asistencial, que funciona como herramienta de apoyo en tareas como edición, corrección o ajustes formales. 

 

“La IA predictiva no me hace el ensayo; me ayuda a analizar variables y a tomar decisiones con base en indicadores. Es apoyo, no sustitución”, explicó, al resaltar que el riesgo surge cuando se delega completamente el proceso creativo a la máquina. 

 

En materia regulatoria, el abogado destacó como referente internacional la Ley de Inteligencia Artificial de la Unión Europea 2024/1689, adoptada por el Parlamento Europeo, que clasifica los sistemas según niveles de riesgo: inaceptable, limitado y permitido. Los riesgos inaceptables incluyen prácticas discriminatorias relacionadas con raza u otras características sensibles; los limitados abarcan, por ejemplo, usos generativos bajo principios de transparencia y buena fe. 

 

“El reto no es pelear con la IA, sino aprender a regularla y anticipar sus riesgos”, sostuvo el invitado, señalando que este modelo podría orientar discusiones normativas en otros países. 

 

Uno de los puntos centrales de la conferencia fue la relación entre inteligencia artificial y propiedad intelectual. Suárez Botero recordó que las ideas no se protegen ni se patentan; lo que ampara el derecho es la forma concreta en que una idea se materializa. En el caso de las patentes, deben cumplirse requisitos como novedad, nivel inventivo y aplicación industrial, siempre con intervención humana. 

 

“No es patentable una producción generada exclusivamente por IA, porque el sistema no puede ser considerado inventor”, enfatizó. 

 

Para ilustrar el tema, mencionó el caso de Stephen Thaler en Estados Unidos, país que negó la protección de una creación generada por inteligencia artificial debido a la ausencia de aporte humano. También citó el cómic Zarya of the Dawn y la obra artística Théâtre D'Opéra Spatial, cuyos intentos de protección fueron rechazados al determinarse que la autoría recaía en la IA. En algunos casos, explicó, se abrió el debate sobre si las ediciones realizadas por una persona podrían ser protegibles. 

 

“Estamos entregando la potestad creativa a la IA en muchos escenarios, y eso tiene consecuencias jurídicas”, advirtió. 

 

En Colombia, la postura es clara. La Dirección Nacional de Derecho de Autor sostiene que la inteligencia artificial no es persona natural y, por tanto, no puede ser autora. Solo las creaciones realizadas por seres humanos pueden recibir protección. “El hecho de darle instrucciones a la IA no significa que el intelecto del ser humano esté expresado allí”, explicó el conferencista. 

 

Incluso frente a plataformas desarrolladas por OpenAI, como ChatGPT, cuyos términos pueden generar ambigüedad al señalar que el usuario puede considerarse autor de lo solicitado, el abogado fue enfático: “Eso no convierte automáticamente a la persona en autora desde el punto de vista jurídico. El derecho exige un aporte humano real, demostrable y significativo”. 

 

Como reflexión final, Suárez Botero dejó abierta la discusión sobre las invenciones asistidas por IA. “No son categóricamente no patentables. Si se demuestra que el ser humano contribuyó de manera significativa en la invención, podría ser susceptible de registro. Pero la máquina, por sí sola, no crea para el derecho”. 

 

La conferencia concluyó con una invitación a la comunidad académica a asumir la inteligencia artificial con criterio, ética y responsabilidad, entendiendo que se trata de una herramienta de apoyo, estadística y funcional, pero nunca de un reemplazo del pensamiento humano. 

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